Malta prohíbe el uso de animales en los circos

20 de octubre de 2014

Malta ha seguido el ejemplo de Bolivia y Grecia. Con esta Ley, aprobada por unanimidad los días 17 y 18 de octubre, se enmienda la Ley de Bienestar Animal, y sus disposiciones se extienden más allá de la simple prohibición de los circos. Introduce cambios sustanciales entre los que se incluyen sanciones penales más duras contra aquellos que produzcan sufrimiento a los animales, incluyendo una pena de cárcel de hasta tres años y multas máximas de 30.000 euros para una primera infracción y 50.000 para las condenas subsiguientes. Además se prevé también la creación del cargo de Director de Bienestar Animal y un Comisionado para los Derechos de los animales.

El proyecto de ley establece que «será ilegal que cualquier persona utilice animales para espectáculos, exposiciones o para la formación de los mismos en los circos», sin hacer distinción entre los animales salvajes y los domésticos. Esta Ley decreta que las disposiciones relativas a los circos con animales no se aplicarán a los parques zoológicos autorizados.

El uso de animales en circos ya ha sido prohibido o estrictamente regulado en muchos países como Austria, Grecia, Hungría, Croacia, la República Checa, Dinamarca, Finlandia y Suecia entre otras. Por su parte, en España 162 municipios ya los han prohibido y un creciente número de localidades está decidiendo no permitir la instalación de los mismos.